El Vicepresidente del Consejo Escolar del Estado ha sido elegido por el propio Consejo de entre sus miembros, por mayoría, a propuesta del Presidente, siendo nombrado por Orden del Ministerio de Educación y Formación Profesional
El Vicepresidente sustituye al Presidente en casos de vacante, ausencia o enfermedad, y realizará asimismo las funciones que aquel le encomiende.