Acceso
Realizar una petición sobre cualquier asunto o materia comprendido en el ámbito de competencias del Ministerio para cuya satisfacción el ordenamiento jurídico no establezca un procedimiento específico.
Se trata de un procedimiento cuyo objeto es solicitar, a cualquier institución pública, Administración, o autoridad, cualquier objeto comprendido en su ámbito de competencias, de interés general, colectivo o particular, y de carácter discrecional o graciable, siempre que el Ordenamiento Jurídico no hubiese previsto para ello otro procedimiento específico.
Toda persona natural o jurídica, cualquiera que sea su nacionalidad.
Se realiza a través del botón "Acceso a la tramitación en sede electrónica" en la parte superior de la ficha.
También puede descargar el correspondiente modelo de solicitud .
Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registro
Una vez admitida a trámite una petición, la autoridad u órgano competente vendrán obligados a contestar y a notificar la contestación en el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de su presentación. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimada la petición.
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa