Las credenciales de homologación son documentos públicos con validez en todo el territorio nacional y, por ello, no podrán ser objeto de modificaciones, alteraciones o enmiendas. Cualquier alteración derivada de eventuales modificaciones que afecten a su contenido (cambio de nombre o apellidos; cambio de nacionalidad, etc.) exigirá la expedición de un duplicado. Para ello, deberá aportar el certificado, traducido y legalizado en su caso, a fin de acreditar que es la misma persona quien aparece en los documentos aportados y quien se identifica en el trámite de homologación o convalidación. Las personas que tras la expedición del título objeto de homologación hayan cambiado de nombre o apellidos, deberán justificar este cambio mediante el certificado registral correspondiente.