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Información sobre el Brexit

Consecuencias del Brexit a partir del 1 de enero de 2021

Preparados para el brexit

¿Qué va a ocurrir con las homologaciones de títulos no universitarios del sistema educativo británico?

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Las homologaciones en España de los títulos obtenidos en Reino Unido seguirán siendo posibles. Sin embargo, el procedimiento cambia aplicándose el correspondiente a terceros países, lo que implica algunos trámites adicionales (como, por ejemplo, la apostilla del Convenio de La Haya para las solicitudes presentadas a partir del 1 de noviembre de 2021).

Más información sobre la tramitación de títulos extranjeros no universitarios, aquí

¿Qué va a ocurrir con la convalidación de estudios no universitarios del sistema educativo británico (si no se dispone de título)?

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Los alumnos que proceden de cualquier sistema educativo extranjero y desean incorporarse a cualquiera de los cursos que integran en España la Educación Primaria o la Educación Secundaria Obligatoria no deberán realizar ningún trámite de convalidación de estudios.

Los alumnos que proceden de cualquier sistema educativo extranjero y desean incorporarse a 1º o 2º de Bachillerato en el sistema educativo español deberán solicitar, respectivamente, la homologación al título de Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria o la convalidación al 1er curso de Bachillerato.

En relación a los estudios de Formación Profesional, si los alumnos que proceden del sistema educativo británico no han obtenido el título final correspondiente, podrán solicitar la convalidación (equivalencia parcial) de sus estudios por algún o algunos módulos profesionales del Ciclo Formativo más afín a los estudios realizados, con objeto de incorporarse al sistema educativo español, continuar los estudios y finalizarlos (completando la formación con los módulos que o bien no se poseen o no se han podido convalidar).

Más información sobre la tramitación de estudios extranjeros no universitarios, aquí

¿En qué medida y cómo afectará el Brexit al profesorado español de primaria y secundaria que está trabajando o quiera trabajar en Reino Unido?

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Para ejercer la profesión de maestro de primaria o profesor de secundaria en el Reino Unido es necesario acreditarse como docente mediante la obtención del QTS (Qualified Teacher Status)Nueva ventana, que se tramita a través de las agencias reguladoras de la profesión docente encargadas de este procedimiento en cada uno de los territorios de Reino Unido (InglaterraNueva ventana, EscociaNueva ventana, GalesNueva ventana e Irlanda del NorteNueva ventana).

Al tratarse de profesiones reguladas tanto en España como en el Reino Unido, hasta ahora este procedimiento se había enmarcado en la Directiva 2005/36/CE. Las acreditaciones docentes que comenzaron a tramitarse antes del 31 de diciembre de 2020 seguirán rigiéndose por esa normativa europea. A partir del 1 de enero de 2021, y a falta de un acuerdo entre Reino Unido con la UE y/o España, el procedimiento habrá de ajustarse a lo que establezca la normativa británica.

Los docentes que ya residían y trabajaban en Reino Unido tienen hasta el 30 de junio de 2021 para poder solicitar el registro de ciudadanos de la UE (EU Settlement SchemeNueva ventana) y así seguir teniendo derecho a residir y trabajar en Reino Unido. Quienes lleguen después del 1 de enero de 2021 deberán obtener los permisos de residencia y trabajo según los procedimientos de visados e inmigración correspondientesNueva ventana.

Para más información, puede consultarse el apartado web de la Consejería de Educación en Reino Unido sobre el profesorado español en Reino UnidoNueva ventana.

¿Cómo afectará a los estudiantes procedentes del sistema educativo británico que quieran acceder al sistema universitario español?

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Hasta el momento los alumnos y alumnas procedentes del sistema educativo británico no tenían que solicitar la homologación de su título de Bachillerato ni realizar las pruebas de evaluación de bachillerato para el acceso a la universidad, al ser nacionales de un Estado miembro de la UE.

Se ha acordado, pero solo para el acceso a los cursos 2021-2022, 2022-2023 y 2023-2024, que los alumnos y alumnas procedentes del sistema educativo británico podrán seguir acogiéndose a los procedimientos de acceso a la Universidad española en los mismos términos previstos para los alumnos procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea, siempre que cumplan los requisitos académicos exigidos en sus sistemas educativos para acceder a sus Universidades.

Acuerdo entre los Ministerios de Universidades y de Educación y Formación Profesional, por parte del Reino de España, y el Ministerio de Educación, por parte del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en materia de cooperación educativa y acceso a la universidad y a otras instituciones de educación superior, hecho en Madrid el 28 de junio y 3 de julio de 2023.

Puede consultarlo en el siguiente enlace: https://www.boe.es/eli/es/ai/2023/07/03/(1)Nueva ventana

En todo caso, a partir del 1 de enero de 2021 y a falta de algún tipo de acuerdo entre España y el Reino Unido, los estudiantes de nacionalidad británica, no residentes en España con anterioridad al 1 de enero de 2021, deberán cumplir las condiciones de entrada y permanencia previstas para los estudiantes de nacionalidad distinta de Estados de la UE, de Suiza o del Espacio Económico Europeo (como, por ejemplo, obtener un visado de estudios y disponer de un seguro médico durante su estancia en España).

¿Cómo afectará a los estudiantes del sistema educativo español que quieran acceder al sistema universitario británico?

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A falta de algún tipo de acuerdo regulador entre España y Reino Unido, se aplicará la normativa que dicte el Gobierno de Reino Unido sobre el acceso de extranjeros al sistema universitario británico a partir del 1 de enero de 2021. Será necesario atenerse a lo que dispongan las autoridades británicas para la obtención de visados de estudiosNueva ventana y sobre el sistema de puntos para estudiantes extranjeros (webNueva ventanaguíaPDF).

De la información actualmente disponible, se desprende que Reino Unido prevé una ruta especial de visado por puntos para los estudiantes extranjeros. Los requisitos para poder sumar esos puntos serán, entre otros: una carta de invitación de una institución académica británica, un nivel de inglés suficiente y demostrar que uno se puede mantener económicamente por sí mismo.

Para más información, puede consultarse el apartado web de la Consejería de Educación en Reino Unido sobre el acceso de los estudiantes españoles a las universidades británicas.

Correos electrónicos y teléfonos

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Si tiene alguna pregunta sobre el impacto del Brexit en el ámbito de competencia de este Ministerio, contacte con infobrexit@educacion.gob.ese-mail.

También puede contactar con el nuevo servicio de atención ciudadana sobre el Brexit llamando al teléfono 060Nueva ventana (o al 00 34 902 887060, si llama desde el extranjero).

La Comisión Europea dispone igualmente del centro de contacto Europe DirectNueva ventana, atendido en los 24 idiomas oficiales de la UE, al que los ciudadanos pueden dirigir sus preguntas sobre temas de la Unión, por emaile-mail o por teléfono (llamando gratuitamente al 00 800 6 7 8 9 10 11, desde España o un país de la UE; o llamando al 00 32 22 99 96 96, desde fuera de la UE).

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