Línea 2 - Convocatoria 2024
Convocatoria para concesión de subvenciones que financien programas de formación de ámbito estatal de acciones formativas vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ámbito laboral, realizadas por las entidades solicitantes y dirigidas a personas trabajadoras, tanto ocupadas como desempleadas
En base a la Orden EFP/705/2022, de 20 de julio, (BOE 26 de julio) y su modificación por la Orden EFP/1189/2023, de 30 de octubre, (BOE 1 de noviembre) se realiza la nueva convocatoria para el año 2024, continuando en la senda de la promoción de las acciones formativas en el marco de la formación profesional dirigida a personas trabajadoras y el espíritu de fomento del equilibrio entre las cualificaciones de dichas personas trabajadoras y las necesidades de las empresas y la sociedad en su conjunto.
Las subvenciones irán dirigidas a las entidades solicitantes para la ejecución de las siguientes líneas de programas de formación:
Dentro de la línea 2 se podrán presentar programas de formación sectoriales, dirigidos a la formación de personas trabajadoras, que respondan a las necesidades de adquisición de competencias técnico-profesionales específicas a cada uno de los sectores productivos.
Las acciones formativas podrán impartirse en modalidad presencial y virtual.
El plazo para la presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la modificación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Se realiza a través del botón "Acceso a la tramitación en sede electrónica" en la parte superior de la ficha.
Así se accede al formulario de la solicitud LÍNEA 2 en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
En la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes estará disponible un manual de usuario con las instrucciones para cumplimentar la solicitud.
Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registro
Manual de preguntas frecuentes
Resolución de solicitudes
La publicación de las propuestas de resolución definitiva, así como de las resoluciones de concesión y sus posibles modificaciones y demás actos del procedimiento, tendrán lugar en la sede electrónica asociada del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, y surtirá todos los efectos de la notificación.
Más documentación
Texto íntegro de la convocatoria: El texto íntegro de la convocatoria se publicará en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas.
Documentos asociados a la convocatoria de ámbito estatal de la concesión de subvenciones a entidades de formación para el año 2024:
Anexo I: Áreas prioritarias sectoriales y transversales
Anexo II: Grupos prioritarios de personas trabajadoras
Anexo III: Áreas prioritarias y formaciones prioritarias asociadas
Anexo IV: Acciones formativas preferentes
Anexo V: Criterios de Valoración Técnica de Programas Formativos
Documentos de la orden de bases Orden EFP/705/2022, de 20 de julio:
Anexo III: Solicitud de participación para la realización de acciones formativas
Anexo V: Solicitud de becas y/o ayudas para personas desempleadas participantes
Anexo IX: Justificación de la Subvención
Anexo X: Comunicación de inicio de acciones formativas
Anexo XI: Comunicación de inicio módulo de formación práctica en centros de trabajo
Anexo XVI: Modelo de acuerdo módulo formación práctica en centros de trabajo
Otros documentos:
Plantilla para programa formativo
Acciones formativas objeto de la convocatoria
Repertorio Nacional de Certificados Profesionales
Para agrupaciones:
Modelo de compromiso de ejecución de programa formativo en solicitudes de línea II
Se habilita la siguiente dirección de correo electrónico para aclaraciones generales relacionadas con este procedimiento: fptrabajadores2024@educacion.gob.es
Los correos recibidos no tendrán respuesta individualizada, las cuestiones planteadas se incluirán en las actualizaciones que, de forma periódica, se realicen en el Manual de Preguntas Frecuentes
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa