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Profesorado en secciones bilingües de español en centros educativos de Europa central, oriental y China

Curso 2023-2024

Acceso a la tramitación en sede electrónica Plazo de presentación de solicitudes:FINALIZADO

Fase del procedimiento: Resolución de la convocatoria.

Una vez concluido el proceso de selección, y de acuerdo con el apartado 10 de la Resolución de 17 de marzo de 2023 (extracto en BOE del 22), la Secretaría de Estado de Educación ha dictado Resolución por la que se hacen públicas las relaciones de candidatos/as seleccionados/as y en reserva para el curso 2023-2024.

La Resolución, junto con las relaciones de candidatos pueden encontrarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, así como en el apartado “Resolución definitiva" de esta página web.

Los/as candidatos/as en reserva podrán ser contactados/as por los gestores del programa en caso de que se produjeran renuncias de candidatos/as seleccionados/as en primera instancia.

Índice

Información general

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Descripción

A través de este programa se puede obtener una plaza de docente de distintas materias en Secciones Bilingües de español de centros de enseñanza reglada no universitaria en Bulgaria, China, Eslovaquia, Hungría, Polonia, República Checa, Rumanía y Rusia.

Modalidades

Enseñanza primaria y secundaria.

Destinatarios

Titulados españoles según lo establecido en el Anexo IPDF de la convocatoria.

Número de plazas

Un máximo de 134 plazas, desglosadas por países en el Anexo I de la convocatoria.

El número y los perfiles de las plazas ofertadas podrán variar en función de la planificación y necesidades de las autoridades educativas contratantes en los países de destino.

Requisitos y Méritos

Requisitos

Todos los requisitos deberán cumplirse con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Plazas de nueva incorporación

Los candidatos de nueva incorporación deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Tener nacionalidad española.
  2. No padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de la docencia.
  3. Poseer la titulación requerida en la descripción de las plazas que se relacionan en el Anexo I.
  4. Estar en posesión del título de máster que habilita para el ejercicio de la función docente en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, con las excepciones que se recogen en el apartado 2.1.d) de la convocatoria.
  5. Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  6. No haber sido seleccionado y ocupado la plaza adjudicada en alguna de las Secciones bilingües participantes en el programa en seis o más convocatorias, consecutivas o no, a excepción de lo establecido en el apartado párrafo siguiente sobre plazas de China. A estos efectos, se considerará año completo, aun en el caso de haberla ocupado solo parte del año académico.
  7. Todas otras reconocidas en la Ley 38/2003, de 17 de octubre, General de Subvenciones y en su normativa de desarrollo.
Plazas de renovación

El profesorado en activo en el programa podrá solicitar la renovación de su participación únicamente en la misma Sección bilingüe donde ejerza. No obstante, en el caso de supresión de una plaza, o de una Sección bilingüe, siempre que las autoridades educativas del país de destino lo permitieran, el profesorado afectado que no hubiera agotado los seis años de permanencia en el programa podría optar a la renovación en otra Sección bilingüe.

Los candidatos que soliciten la renovación de su participación, deberán cumplir, además de los requisitos descritos en los apartados 1, 2, 3, 5, 6 y 7 del párrafo anterior, los siguientes requisitos adicionales:

  1. Contar con el informe favorable a la renovación por parte del centro de destino.
  2. Contar con el informe favorable de la Consejería o Agregaduría de Educación que corresponda.

Méritos

Sólo se tendrán en cuenta aquellos méritos alegados, y debidamente acreditados, obtenidos con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, que se relacionan a continuación:

  • La experiencia docente de un mínimo de nueve meses, o un curso escolar completo, en centros públicos o privados de enseñanza reglada debidamente autorizados en los niveles y enseñanzas cuyas especialidades docentes se regulan en el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre (BOE del 28), en los niveles y áreas a los que se refieren las plazas convocadas, con la excepción de Hungría, para cuyas plazas se exige una experiencia docente de un mínimo de dos años como requisito.
  • La experiencia en la enseñanza del español como lengua extranjera.
  • La participación en los siguientes programas educativos internacionales: Programa de Profesorado Visitante; Programa de Auxiliares de Conversación y Lectorados MAEC-AECID en universidades extranjeras.
  • Experiencia docente o formación específica en metodología de Aprendizaje Integrado de Contenidos y Lenguas Extranjeras (AICLE).
  • Experiencia docente o de voluntariado en actividades relacionadas con la docencia, preferentemente en el extranjero.
  • Los estudios de posgrado en las áreas de las plazas solicitadas o relacionados con la enseñanza del español como lengua extranjera.
  • Otros títulos universitarios diferentes al alegado para concurrir en la convocatoria.
  • Los estudios relacionados con las Artes Escénicas y la experiencia en la organización o participación en actividades teatrales (escolares o de otra índole).
  • La participación en actividades de formación del profesorado, en particular las relacionadas con la especialidad que se alegue o con la enseñanza del español como lengua extranjera, que hayan concluido posteriormente al año 2017.
  • El conocimiento de la lengua del país solicitado o de otras lenguas extranjeras.

Dotación

El profesorado seleccionado percibirá de las autoridades educativas contratantes las mismas retribuciones que los docentes de enseñanza no universitaria de sus países de destino, con derecho a alojamiento y a la asistencia sanitaria propia del país, en la medida que este determine.

El Ministerio contribuirá a este programa con las siguientes ayudas:

  1. Una ayuda, por una cuantía máxima de trece mil ciento setenta y seis euros (13.176 euros) por curso académico, excepto para los profesores destinados a Rusia, en cuyo caso la cuantía será de diecisiete mil quinientos ochenta euros (17.580 euros).
  2. Una ayuda, en concepto de gastos de viaje de ida y vuelta, de 1.000 euros, salvo en el caso de China, que será de 1.300 euros.

Las ayudas se devengarán siempre que los directores de los centros educativos de los distintos países hayan comunicado al MEFP la relación del profesorado contratado y quedarán supeditadas a que dicha contratación se produzca.

El total de la ayuda por curso académico se dividirá en doce mensualidades, que se percibirán entre los meses de septiembre de 2023 y agosto de 2024, ambos inclusive, siempre que se complete el curso académico con independencia de que en alguno de los países la duración de los contratos no comprenda los doce meses. El importe de las ayudas se librará, mediante transferencia, a una cuenta bancaria de los interesados en España.

El libramiento de la ayuda correspondiente a los viajes de ida y vuelta se hará efectivo junto con la ayuda correspondiente al mes de junio de 2024. Para ello, será condición el haber cumplido el periodo de tiempo completo para el que el contrato fue inicialmente firmado.

Convocatoria

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Información

Solicitud

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Plazo de presentación de solicitudes

  • Desde el 23 de marzo de 2023
  • Hasta el 14 de abril de 2023 a las 14:00
Plazo de presentación de solicitudes finalizado

NOTA IMPORTANTE: El plazo para la inscripción y el registro de solicitudes a través de Profex finalizará a las 14:00 del último día. Si el registro de la solicitud no se realizara por vía electrónica a través de Profex, los interesados dispondrán del último día de presentación de solicitudes hasta la hora de cierre de las dependencias donde se efectúe dicho registro y, en cualquier caso, hasta las 23:59 horas.

Instrucciones

Antes de proceder a cumplimentar e inscribir su solicitud de participación en el programa, los candidatos deberán:

  1. Darse de alta en Profex Nueva ventana
  2. Cumplimentar la información requerida en los diferentes subapartados del apartado “Currículum” de la aplicación, adjuntando los ficheros que corresponda de acuerdo con las especificaciones técnicas que se indican al inicio del apartado “Documentación” de este sitio web.

En el documento Instrucciones para el proceso de inscripción y registro de solicitudesPDF se describen, con la ayuda de capturas de pantalla, todos los pasos que los candidatos deben realizar para darse de alta en Profex, cumplimentar su curriculum e inscribir su solicitud. Es fundamental que los candidatos lean detenidamente estas instrucciones a fin de evitar posibles defectos de forma que pudieran causar una exclusión de su solicitud.

Las instrucciones para conocer el estado de la solicitud y subsanar las deficiencias detectadas en las solicitudes excluidas-revisión se encuentran alojadas en el aviso de la cabecera.

Documentación

La documentación acreditativa de requisitos y méritos deberá adjuntarse en formato PDF al apartado que corresponda en Profex, con un tamaño máximo de 3 MB por fichero.

No se admitirá a trámite documentación presentada a través de otras vías.

Plazas de nueva incorporación
  • Acreditación de requisitos
    • Para la acreditación de la identidad, el órgano instructor procederá a la comprobación de los datos personales incorporados a su documento de identidad mediante un Sistema de Verificación de Datos de Identidad (Real Decreto 522/2006, de 28 de abril), salvo que en el apartado correspondiente de la solicitud conste que la persona interesada no consiente en este trámite, en cuyo caso habrá de adjuntar una copia compulsada por ambas caras del Documento Nacional de Identidad o del pasaporte en vigor o, en su caso, fotocopia de la documentación que acredite su solicitud por extravío u otra circunstancia.
    • Los interesados adjuntarán, en el apartado correspondiente de su solicitud en Profex, su título académico o el documento acreditativo de haber efectuado el pago de los derechos para su expedición. En el caso de títulos extranjeros, se adjuntará la homologación correspondiente a la titulación española en el mismo fichero, a continuación del título original. El órgano instructor podrá contrastar la autenticidad de dicha documentación a través del Registro de Universidades, Centros y Títulos (creado mediante RD 1509/2008, de 12 de septiembre), salvo que en el apartado correspondiente de la solicitud conste que la persona interesada no consiente en este trámite, en cuyo caso, de ser necesario, se aplicaría lo establecido en el apartado 28.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Los solicitantes con titulación de Ingeniero técnico o Arquitecto técnico deberán además adjuntar, en el mismo fichero, el certificado de correspondencia de dicha titulación a los niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES)Nueva ventana a través de una de las siguientes vías:
      • Certificado de correspondencia expedido por la Subdirección General de Títulos y Ordenación, Seguimiento y Gestión de las Enseñanzas Universitarias del Ministerio de Universidades.
      • Referencia de la publicación del nivel de correspondencia del título en el BOE.

        A efectos de la acreditación del requisito de titulación, no serán tenidos en cuenta los títulos de Doctor o Máster, siendo estos considerados solamente en el apartado de méritos.

    • Los interesados adjuntarán, en el apartado que corresponda de su solicitud en Profex, el título de máster que habilita para el ejercicio de la función docente en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas o la documentación que acredite encontrarse en alguno de los supuestos de exención de este requisito descritos en el apartado 2.1.d de la convocatoria.
    • Los interesados adjuntarán, en el apartado que corresponda de su solicitud en Profex, su curriculum vitae en español, utilizando preferentemente el formato EuroPassNueva ventana.
    • Para la acreditación del cumplimiento del requisito indicado en el apartado 2.1.e) de la convocatoria, los solicitantes, mediante declaración responsable incluida en el formulario de solicitud, justificarán esta circunstancia.
    • Para la acreditación del cumplimiento del requisito indicado en el apartado 2.1.f) de la convocatoria, los solicitantes, mediante declaración responsable incluida en el formulario de solicitud, justificarán esta circunstancia.

      En cuanto a las declaraciones responsables expuestas, será de aplicación lo establecido en el artículo 69.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

  • Acreditación de méritos

    Los solicitantes podrán adjuntar la documentación que a continuación se detalla en los diferentes subapartados que se señalan del apartado «Currículum» de la aplicación Profex:

    • Certificados acreditativos de los servicios prestados en centros docentes, públicos o privados (hojas de servicio, certificados, etc.), conforme a lo señalado en el apartado 6.1.2.a) de la convocatoria (subapartado «Experiencia docente»).
    • Certificados acreditativos de la participación en los programas de Auxiliares de Conversación, Profesorado Visitante y Lectorados MAEC-AECID, expedidos por la Unidad administrativa competente, en los que conste la duración de los servicios, con las fechas exactas de inicio y fin de los mismos (subapartado «Experiencia docente»).
    • Certificados acreditativos de experiencia docente o formación específica en metodología de Aprendizaje Integrado de Contenidos y Lenguas Extranjeras (AICLE) (subapartado «Experiencia docente»).
    • Certificados acreditativos de la experiencia docente o de voluntariado en actividades relacionadas con la docencia (subapartado «Experiencia docente»).
    • Certificados acreditativos de participación –como asistente o como ponente– en actividades de formación del profesorado desarrolladas a partir de 2017 en los que conste el contenido de la actividad, la institución que lo expide y duración, con especificación del número de horas (subapartado «Formación adicional»).
    • Certificados acreditativos del conocimiento de lenguas extranjeras (subapartado «Idiomas»).
    • Otros títulos universitarios diferentes al alegado para concurrir a la convocatoria (subapartado «Formación académica»).
    • Certificados acreditativos de los estudios de Artes Escénicas, así como de la organización o participación en actividades teatrales (escolares o de otra índole) (subapartado «Documentos anexos»).
    • Informes o cartas de referencia (subapartado «Documentos anexos»).
Plazas de renovación

Los solicitantes actualmente destinados en las plazas convocadas por Resolución de 5 de abril de 2021 (BOE del 10) que deseen renovar en el mismo centro de destino solamente deberán:

  1. Señalar en la solicitud las declaraciones responsables a las que se alude en los apartados 6.1.1 e) y f) de la convocatoria.
  2. Solicitar al centro de destino el informe favorable a la renovación, el cual, una vez emitido, será remitido al órgano instructor a través de la Consejería o Agregaduría de Educación que corresponda.
  3. Solicitar a la Consejería o Agregaduría de Educación correspondiente el informe favorable sobre dicha renovación, el cual, una vez emitido, será remitido igualmente al órgano instructor.

Presentación de la solicitud

Los candidatos deberán solicitar su participación en este programa a través de la aplicación Profex.

Con antelación a la inscripción de la solicitud, los solicitantes deberán haberse dado de alta en dicha aplicación y haber cumplimentado su currículum y su solicitud, adjuntando al mismo la documentación acreditativa de requisitos y méritos, de acuerdo a lo señalado en el apartado anterior.

Para elegir destino, los candidatos podrán indicar en su solicitud tantos países como deseen, por orden de preferencia, siempre que cumplan los requisitos de los mismos, según se especifica en el apartado 2 y en el Anexo I de esta convocatoria.

Una vez inscrita la solicitud en Profex, los interesados deberán registrarla por alguna de las vías que se especifican a continuación:

1. Los solicitantes que dispongan de un certificado reconocido de firma electrónica, según lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, modificada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, podrán, una vez inscrita, registrar su solicitud a través de la aplicación Profex, sin necesidad de aportarla en formato papel. Los interesados también podrán registrar su solicitud a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado [Nueva ventana] Enlace externo, se abre en ventana nueva. Para ello deberán descargar el documento PDF que genera Profex tras la inscripción de su solicitud y adjuntarlo a través del registro electrónico mencionado.

2. Los solicitantes que no dispongan de certificado de firma electrónica deberán imprimir y firmar el documento de solicitud que genera Profex en formato PDF al finalizar el proceso de inscripción y presentarlo en el Registro General del MEFP, calle Los Madrazo, 17, 28071 Madrid, o en cualquiera de sus Registros Auxiliares; en los Registros de las Comunidades Autónomas; en las Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero o en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Los solicitantes que opten por presentar su solicitud en una oficina de Correos en España lo harán en sobre abierto, para que pueda ser fechada y sellada antes de ser enviada a fin de acreditar la presentación dentro del plazo estipulado en la convocatoria. Asimismo, el interesado deberá conservar una copia sellada de su solicitud como documento acreditativo de haber efectuado el trámite de registro.

Los candidatos que envíen su solicitud por correo postal desde el extranjero deberán incluir en el sobre un recibo que acredite la fecha del envío con el fin de justificar que el trámite se lleva a cabo dentro del plazo estipulado.

No podrán admitirse a trámite aquellas solicitudes que no se inscriban y registren de acuerdo con lo señalado en los párrafos anteriores.

Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registroNueva ventana

Tramitación

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Revisión de solicitudes

De conformidad con lo establecido en el apartado 7 de la convocatoria, y una vez concluido el plazo de presentación de solicitudes, dará comienzo la revisión de las mismas, al objeto de comprobar si han sido presentadas en tiempo y forma debidos y si reúnen los requisitos determinados en la convocatoria.

Durante el proceso de revisión, el estado de las solicitudes en Profex puede contemplar los siguientes términos:

  • Inscrita o registrada: Significa que la solicitud aún no ha sido revisada por los gestores del programa.
  • Admitida: Significa que la solicitud se ha presentado en tiempo y forma debidos y que se han acreditado correctamente los requisitos de participación establecidos en la convocatoria. Esto no implica que el solicitante haya resultado seleccionado, puesto que la selección y adjudicación de plazas se lleva a cabo en una fase posterior por parte de las autoridades educativas contratantes en los países de destino.
  • Excluida revisión: Significa que se han detectado deficiencias en la documentación acreditativa de los requisitos de participación indicados en la convocatoria. Los solicitantes dispondrán de un plazo, de acuerdo con lo establecido en la convocatoria, para subsanar los defectos u omisiones que se detecten en su solicitud. Sobre dicha subsanación, se ruega encarecidamente a los candidatos que sigan paso a paso las instrucciones alojadas en el aviso de la cabecera.
  • Excluida: Significa que no se ha cumplido con lo determinado en la convocatoria, bien en lo que afecta al tiempo y forma de presentación de la solicitud, o bien en relación con la acreditación documental de los requisitos establecidos en la misma, una vez agotado el plazo concedido para la subsanación de defectos u omisiones, si a ello hubiera lugar.

Subsanación de defectos u omisiones

Recibidas las solicitudes, se revisarán para comprobar si reúnen los requisitos de la convocatoria y, si se advirtiesen defectos formales u omisiones en la solicitud o en la documentación que debe acompañarla, o se observase que no reúne los requisitos precisos, se le notificará al solicitante para que, en un plazo máximo de 10 días naturales, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, indicándose que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.

Dicha notificación individual se podrá consultar en la Sede electrónica Nueva ventanadel Ministerio, a través del enlace "Notificaciones".

El plazo de subsanación comenzará a contar desde la fecha y hora en que el solicitante acceda a la notificación. En caso de que no acceda a la notificación en el plazo de diez días naturales desde la emisión de la misma, se entenderá que la notificación ha sido rechazada, se hará constar en el expediente y se tendrá por efectuado el trámite.

De cara a la subsanación de las deficiencias u omisiones detectadas, se ruega encarecidamente a los candidatos que sigan paso a paso las instrucciones alojadas en el apartado Solicitud / Instrucciones.

En el caso de que el solicitante proceda a efectuar la subsanación de defectos u omisiones, deberá inscribir de nuevo la solicitud en Profex. Si no se lleva a cabo esta nueva inscripción, no quedará constancia de la subsanación efectuada y, por tanto, no surtirá efecto. Esta nueva inscripción generará un nuevo impreso de solicitud pero, a diferencia del primero, el solicitante no tendrá que volver a registrarlo telemáticamente o presentarlo en un registro oficial u oficina de Correos.

Transcurrido el proceso de revisión y subsanación de incidencias en las solicitudes, se hará pública en esta página web la relación de candidatos excluidos del proceso, con especificación de las causas que motivan su exclusión.

Los solicitantes podrán consultar individualmente, en todo momento, el estado de su solicitud en Profex.

Procedimiento de selección

El proceso de selección de candidatos, que se describe en el apartado 9 de la convocatoria, se llevará a cabo entre todos aquellos cuya solicitud haya resultado admitida por reunir los requisitos marcados en la convocatoria.

Plazas de nueva incorporación

El proceso constará de una fase de evaluación previa de los perfiles de los solicitantes y de una fase de selección final.

  • La Comisión evaluadora descrita en la convocatoria hará una evaluación previa de las candidaturas recibidas en función de los méritos alegados. Esta evaluación no resultará, en ningún caso, determinante ni condicionará el derecho a la consecución de una plaza, sino que será orientativa para concluir qué solicitantes vayan a ser propuestos a las autoridades educativas de los países de destino. La Comisión, en colaboración con las Consejerías y Agregadurías del MEFP en los países implicados, podrá también llevar a cabo entrevistas a los solicitantes, al objeto de la mejor evaluación de su perfil académico, profesional y personal.
  • Una vez realizada la evaluación previa de los expedientes de los solicitantes, y de acuerdo con lo establecido en los Acuerdos bilaterales con los países implicados, la selección definitiva de candidatos corresponde a las autoridades educativas de dichos países, quienes la llevarán a cabo en función del perfil que consideren más adecuado a su proyecto educativo. Para llevar a cabo este proceso de selección, las autoridades educativas aludidas podrán, igualmente, realizar entrevistas a los candidatos que les sean propuestos, con la asistencia de la Consejería o Agregaduría de Educación del MEFP que corresponda en cada país.
Plazas de renovación

La renovación de la participación será concedida con la mera acreditación de los requisitos anteriormente señalados.

En ambos casos, el órgano instructor, a la vista del resultado del proceso selectivo, formulará propuesta de Resolución, con la relación de candidatos seleccionados y la relación de reservas, y la elevará a la Secretaria de Estado de Educación y Formación Profesional, que dictará la Resolución de concesión.

Los solicitantes podrán consultar en todo momento la situación de su solicitud en Profex, al margen de las comunicaciones que puedan recibir por parte de las autoridades educativas contratantes y de las consejerías de Educación involucradas. Se prevé que la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación que contiene la relación de candidatos seleccionados y en reserva se publique en la Base de Datos Nacioal de Subvenciones y esta página web a finales del mes de julio.

Resolución definitiva

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Más información

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Contacto

Correos electrónicos
Redes sociales Acción Educativa Exterior
Páginas web de las Consejerías y Agregadurías de Educación

Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa Nueva ventana

Otra información

Información en materia de protección de datos personales

En cumplimiento de la normativa vigente, los datos de los solicitantes serán tratados por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa e incorporados a la actividad de tratamiento “Convocatorias de programas de movilidad docente y formación del profesorado de español en el exterior”, gestionada desde la Unidad de Accion Educativa Exterior (Paseo del Prado 28, 28014 Madrid)

La finalidad del tratamiento de los datos personales es la gestión y tramitación de las solicitudes de los candidatos basándose en el artículo 6.1 e) del Reglamento (UE) 2016/679, la Ley 40/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la ciudadanía en el exterior y el Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior.

Los datos, que proceden del interesado en base a un formulario de inscripción, se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y se cederan a las autoridades educativas de los países participantes en la convocatoria.

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la administración electrónica y con la orden ECD/298/2018, de 12 de marzo, por la que se aprueba la política de seguridad de la información en el ámbito de la administración electrónica del MECD.

Los interesados pueden ejercitar los derechos de los artículos 15 al 22 del Reglamento ante el Delegado de Protección de Datos (dpd@educacion.gob.es e-mail) a través de la sede electrónica del Ministerio, presencialmente en las oficinas de registro o por correo postal. Asimismo, puede presentar reclamación ante la Agencia Española de Protección de DatosNueva ventana, autoridad de control en materia de protección de datos personales.

Información de SIA

  • Denominación del trámite: Profesorado en secciones bilingües de español en centros educativos de Europa central, oriental y China
  • Código: 055065

Otras convocatorias

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