La equivalencia es el reconocimiento de un título (o un conjunto de estudios superados por el interesado) para que tenga los mismos efectos académicos y/o profesionales que otro, si bien dicho reconocimiento no da derecho al interesado a obtener el título con el que se establece la equivalencia. Las equivalencias reconocidas de manera específica en disposiciones legales, no necesitan de resolución individualizada, ya que la propia normativa determina la equivalencia de sus efectos.