Importante: Únicamente podrán consultarse en la sede electrónica los títulos que ya hayan sido expedidos. Además, deberá coincidir EXACTAMENTE el nombre, los apellidos, la fecha de nacimiento y el documento de identidad que figuren en el título con los datos con los que se realice el registro en la sede electrónica.
Se persigue que el ciudadano pueda consultar los títulos no universitarios oficiales españoles expedidos a su favor a partir del año 1991.
Titulados no universitarios oficiales
Qué certificados NO están incluidos en este registro:
Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registro
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa