Acceso
Devolución de la tasa 079 abonada indebidamente, en su totalidad o en exceso, por una solicitud de homologación o convalidación de títulos o estudios extranjeros
Derecho a la devolución:
Haber abonado indebidamente la tasa 079: por un expediente no iniciado, por importe superior al debido, por haber duplicado el pago o estar exento del mismo
Otra información relevante
Recursos:
La resolución del procedimiento pone fin a la vía administrativa y puede ser impugnada mediante recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución, o bien mediante reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Central, en ambos casos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, sin que puedan simultanearse ambos recursos.Salto de línea
Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registro
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa