Convocatoria 2023
Creación de la red estatal de centros de excelencia de formación profesional.
Establecimiento de las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la implantación y el desarrollo de esta red estatal de centros de excelencia.
Realizar convocatorias para la concesión de las ayudas mencionadas.
El objeto de las ayudas es financiar la modalidad 1, de acuerdo con el artículo 5 de la Orden EFP/717/2022, de 22 de julio, por la que se crea la red estatal de centros de excelencia de formación profesional, se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para su implantación y desarrollo, y se procede a su convocatoria en el año 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.Salto de línea La finalidad de las ayudas es conceder subvenciones a los beneficiarios, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo de planes y proyectos que contribuyan a los objetivos.Salto de línea Se definen como centros integrantes de la red estatal de centros de excelencia de formación profesional, a efectos de la presente Resolución, los centros sostenidos con fondos públicos, que imparten ofertas de formación profesional vinculada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales pertenecientes a sectores y subsectores profesionales predefinidos, y que actuarán como catalizadores de ecosistemas innovadores y creadores de entornos de innovación, investigación y emprendimiento. Estos centros contarán con un proceso de transformación digital y metodológica, organizarán acciones de formación del profesorado a nivel estatal, desarrollarán proyectos de innovación e investigación aplicada, colaborarán en la detección de necesidades de perfiles en el sector o subsector profesional de los que sean declarados como centros integrantes de la red de centros de excelencia de formación profesional, así como en las revisiones curriculares de las ofertas relacionadas.Salto de línea Los planes de los centros integrantes de la red de centros de excelencia de formación profesional, se desarrollarán por un periodo temporal máximo de tres años, a través de las siguientes fases:
Los (sub)sectores productivos en que se enmarca la presente convocatoria son los indicados en el ANEXO I:
Con carácter general, el número de centros de excelencia por sector o subsector integrantes de la red estatal de centros de excelencia de Formación Profesional será de tres.
Las convocatorias que se realicen de acuerdo al amparo de la Orden EFP/717/2022, de 22 de julio, por la que se crea la red estatal de centros de excelencia de formación profesional, se procede a su convocatoria en el año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, podrán incluir dos modalidades:
En esta convocatoria, el objeto de las ayudas es financiar la modalidad 1.
Los centros integrantes de la red estatal de centros de excelencia de formación profesional, a efectos de la presente Resolución, son centros sostenidos con fondos públicos, que imparten ofertas de formación profesional vinculada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales pertenecientes a sectores y subsectores profesionales predefinidos en el Anexo I.
Podrán acogerse a estas ayudas las administraciones públicas competentes en materia de Formación Profesional, que serán las perceptoras de la totalidad de los fondos y responsables de su justificación.
Las ayudas reguladas en esta Resolución, cuando se concedan en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, serán compatibles con otras ayudas o subvenciones para la misma finalidad que puedan ser otorgadas por cualesquiera administraciones públicas u organismos o entes públicos, nacionales o internacionales, siempre y cuando no tengan su origen en un fondo o programa de ayudas de la Unión Europea, y el importe de la ayuda o subvención, aisladamente o en concurrencia con otros incentivos, no supere el coste del proyecto y cumpla con la normativa nacional y europea de ayudas de Estado.Salto de línea
El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». El texto íntegro de la convocatoria se publicará en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas.
Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido darán lugar a su inadmisión.
Las solicitudes serán presentadas por el representante de la administración competente en materia de formación profesional.
Cada comunidad autónoma podrá presentar una única solicitud, que contendrá la totalidad de las candidaturas propuestas, con un máximo de tres. Por cada candidatura, deberán figurar, como mínimo, el centro de formación profesional candidato a integrarse en la red estatal de centros de excelencia de formación profesional, las empresas y/o entidades con vinculación al mismo, así como las administraciones autonómicas implicadas. Cada agrupación, deberá estar relacionada con los sectores o subsectores profesionales definidos en el Anexo I de la presente Resolución de convocatoria.
Los formularios de solicitud estarán disponibles para su cumplimentación y presentación en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, y se puede acceder a ellos mediante el botón "Acceso al servicio online" en la parte superior de esta página.
Cada solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:
Y por cada candidatura de agrupación:
La presentación de las solicitudes se realizará mediante el mismo formulario electrónico de Sede electrónica al que se podrá acceder a través del enlace “Acceso al servicio online” situado al inicio de esta página.
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse a la dirección de correo electrónico cexcelenciafp@educacion.gob.es
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa