Convocatoria 2019
Este procedimiento tiene como fin convocar un concurso de méritos dirigido a funcionarios y funcionarias de los cuerpos de maestros y profesores de enseñanza secundaria para colaborar con el INEE como especialistas ajenos al mismo en la elaboración y revisión de pruebas de rendimiento y diagnóstico.
Resolución de 3 de diciembre de 2019, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se establece el procedimiento para la constitución de un panel de expertos y expertas para colaborar con el Instituto Nacional de Evaluación Educativa (INEE) como especialistas ajenos al mismo en la elaboración y revisión de pruebas de rendimiento y diagnóstico.
La solicitud se realizará de forma electrónica a través del botón de "Acesso al servicio online" que se encuentra en la parte superior de la página.
Recuerde que una vez generada la solicitud tiene que proceder a registrarla dentro del servicio online.
Las solicitudes se presentarán mediante tramitación electrónica según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, artículo 14.2e de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para la presentación electrónica se deberá disponer de un certificado digital reconocido por el MEFP o tener usuario en la plataforma Cl@ve.
Publicación a 3 de febrero de 2020. Se dispone de 10 días hábiles para subsanar o presentar alegaciones.
Publicación 3 de junio de 2020
Se dispone de 10 días hábiles para presentar alegaciones.
IMPORTANTE: En el artículo noveno de la Resolución de 3 de diciembre de 2019, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se estableció el procedimiento para la constitución del presente panel se indica que:
Según las necesidades, cuando desde el INEE se estime necesaria la contratación de especialistas para la realización de una tarea de las enumeradas en el apartado primero, se convocará a una entrevista al menos a dos candidatos o candidatas por orden del listado o los listados adecuados a las necesidades. En la entrevista se valorará la idoneidad y disponibilidad del candidato o candidata para realizar el trabajo que se le va a asignar, así como su competencia digital. La entrevista se valorará con una puntuación de 0 a 5 con un decimal. La puntuación obtenida en la entrevista se sumará a la del baremo de méritos y se procederá a la designación, en orden de mayor a menor puntuación total, es decir, la resultante de la suma de las dos fases. En caso de que las necesidades del INEE fueran mayores, o bien de que los candidatos convocados a la entrevista renunciaran a realizar la tarea, el INEE continuará convocando candidatos por orden del listado, en el número que estime necesario, hasta completar el equipo de especialistas preciso. Los candidatos que resulten seleccionados recibirán la oportuna comunicación por parte del INEE, junto con la correspondiente información complementaria relativa al encargo recibido. Se describirán de forma pormenorizada las características de las tareas que se deban desarrollar, siguiendo el correspondiente marco de evaluación: número de unidades de evaluación, número y tipo de ítems, contextos, etc. Asimismo, se indicará la metodología de trabajo, el formato y los plazos de entrega. Además, se requerirá al especialista la justificación de los requisitos recogidos en los apartados b. y e. del apartado Tercero de esta resolución. Una vez recibido el encargo, durante todo el proceso de realización de la tarea esta deberá someterse a las actuaciones de comprobación, evaluación y control que realice el INEE. Los especialistas seleccionados deberán cumplir en todo momento las normas e indicaciones que el INEE establezca para el trabajo. El INEE evaluará el trabajo llevado a cabo por los especialistas e informará a cada uno de ellos sobre su valoración al finalizar cada tarea encomendada. En caso de una valoración negativa, el experto o experta decaerá de la lista y no podrá presentarse en la siguiente convocatoria. También decaerá de la lista el experto o experta que renuncie a realizar las tareas.