Curso 2024-2025
Procedimiento de admisión de alumnos y de alumnas en los centros públicos y privados concertados de la ciudad de Ceuta de modo que se garantice el derecho a la educación, el acceso en condiciones de igualdad y la libertad de elección de centro por parte de las familias, atendiendo a una adecuada y equilibrada distribución de los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo.
Los destinatarios son los alumnos:
Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se regula el proceso de admisión de alumnos y alumnas en centros docentes públicos y privados concertados que imparten el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato en las ciudades de Ceuta y Melilla, para el curso 2024-2025.
Real Decreto 1635/2009, de 30 de octubre, por el que se regulan la admisión de los alumnos en centros públicos y privados concertados, los requisitos que han de cumplir los centros que impartan el primer ciclo de la educación infantil y la atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación.
Orden ECD/724/2015, de 22 de abril, por la que se regula la admisión de alumnos en los centros públicos y privados concertados que imparten el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria y bachillerato en las Ciudades de Ceuta y Melilla.
Orden EFP/414/2023, de 26 de abril, por la que se modifica la Orden ECD/724/2015, de 22 de abril, por la que se regula la admisión de alumnos en los centros públicos y privados concertados que imparten el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato en las ciudades de Ceuta y Melilla.
Se realiza a través del botón "Acceso a la tramitación en sede electrónica" en la parte superior de la ficha.
Las solicitudes deberán presentarse preferentemente mediante el Acceso al servicio online situado en la parte superior de esta página.
Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registro
La consulta de las listas provisionales se podrá realizar presencialmente en los centros educativos y en sus respectivas páginas web:
29 de mayo: La consulta de las listas definitivas se podrá realizar presencialmente en los centros educativos y en sus respectivas páginas web:
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse en los centros educativos o en la Sede de la Comisión de Garantía de Admisión.
Las consultas dirigidas a la Sede de la Comisión de Garantía de Admisión se podrán realizar a través del correo electrónico escolarizacion@ceuta.educacion.gob.es o mediante cita previa.
Dirección Provincial de Educación y Formación Profesional
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa