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Reconocimiento y expedición de acreditación de proyectos de interés singular para la Formación Profesional elaborados y presentados por las empresas, organismos y entidades

Acceso

Acceso a la tramitación en sede electrónica Plazo de presentación de solicitudes:ABIERTO PERMANENTEMENTE

Índice

Información general

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Descripción

Procedimiento para el reconocimiento y acreditación como proyectos de interés singular para el sistema de Formación Profesional de aquellos que, cumpliendo lo previsto en la misma, sean presentados por las empresas, organismos y entidades.

Se consideran proyectos de interés singular aquellos que, en el marco del Sistema de Formación Profesional regulado por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de Ordenación e Integración de la Formación Profesional, supongan una mejora o avance para dicho sistema.

Destinatarios

Podrán presentar proyectos para su reconocimiento como de interés singular todas las empresas, organismos y entidades que deseen poner a disposición de otras empresas, organismo, entidades y administraciones públicas estos proyectos, sin perjuicio de mantener su autoría y propiedad intelectual, como instrumento para la mejora de la formación profesional.

Requisitos

Estos proyectos, con carácter general pero no excluyente, versarán sobre las siguientes líneas temáticas:

a. Propuesta de colaboración en la elaboración de programas y/o contenidos formativos que, teniendo como base las acciones formativas referenciadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, suponga una actualización, mejora, o especialización de interés para un sector o proceso productivo de bienes o servicios.

b. Propuestas de acciones formativas singulares y de interés especial destinadas a estudiantes o personas trabajadoras ocupadas o en situación de desempleo y que supongan la mejora de su cualificación profesional.

c. Propuesta de mecanismos eficaces para la transferencia del conocimiento entre centros de Formación Profesional y empresas, organismos o entidades.

d. Propuestas de acciones o estancias formativas para el profesorado de Formación Profesional, que permitan la mejora de la competencia técnica, científica o pedagógica.

e. Proyectos para la detección permanente de las necesidades de cualificación y recualificación de las personas trabajadoras asociados a determinado sector o subsector.

f. Proyectos para el desarrollo del carácter dual de la Formación Profesional, especialmente en el ámbito de la micro, pequeña y mediana empresa.

g. Propuestas para incorporar la innovación, la investigación aplicada y el emprendimiento entre las personas en formación en el Sistema de Formación Profesional.

h. Propuestas de acciones vinculadas a la orientación profesional que den a conocer la realidad de la vida económica y sus sectores, apoyando el desarrollo de itinerarios de inserción ocupacional y la mejora de las posibilidades de ocupación.

i. Proyectos de acompañamiento a las personas trabajadoras para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral y vías no formales de formación.

j. Otros proyectos que pudieran ser considerados de interés singular.

Junto a la solicitud se acompañará, firmada por la persona que ejerza las labores de coordinación del proyecto, una memoria descriptiva, de acuerdo al modelo y contenidos establecidos en el Anexo II.

Los proyectos se vincularán a una o varias familias profesionales en las que se organiza el sistema de Formación Profesional.

Financiación

El reconocimiento y, en su caso, acreditación de los proyectos de interés singular para la Formación Profesional no conlleva financiación.

Solicitud

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Plazo de presentación de solicitudes

Abierto permanentemente

Modelo(s) de solicitud

Se realiza a través del botón "Acceso a la tramitación en sede electrónica" en la parte superior de la ficha.

https://sede.educacion.gob.es/sede/login/inicio.jjsp?idConvocatoria=1756

Documentación

Cada solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:

  • Tarjeta de identificación fiscal de la entidad o entidades.
  • Documentación que acredite, conforme a la legislación vigente, las facultades de representación del firmante de la solicitud para actuar en nombre de la persona jurídica solicitante.
  • Documentación de constitución de la entidad o entidades solicitantes debidamente legalizada.
  • Copia de los estatutos de la entidad o las entidades solicitantes debidamente legalizados.
  • Anexo II: Modelo de memoria descriptiva del proyecto de interés singular para la formación profesional.

Salto de línea

Anexos

Anexo II: Modelo de Memoria Descriptiva del Proyecto PDF

Anexo III: Modelo de Acreditación de Proyecto Singular PDF

Salto de línea Otros documentos

Preguntas frecuentes PDF

Manual de usuario PDF

Presentación de la solicitud

Las solicitudes para participar en la presente convocatoria se formalizarán de forma electrónica, en los términos previstos en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Únicamente se podrá efectuar la solicitud en el registro electrónico, disponible en la sede electrónica asociada del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Salto de línea Plazo de solicitud:

Presentación de solicitudes a partir del 30 de enero de 2023.

Tramitación

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Plazo para resolver

El plazo máximo para resolver y notificar a la persona interesada dicha resolución será de seis meses desde la fecha de solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Una vez transcurrido el plazo sin que se haya adoptado una resolución, la persona solicitante podrá entender como estimada, en los términos previstos de su solicitud, de acuerdo con lo recogido sobre silencio administrativo en el artículo 24 de la citada ley.

La Resolución pondrá fin a la vía administrativa, y podrá interponerse, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde dicha publicación, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, o recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Reconocimiento y acreditación

La resolución dictada por la Secretaría General de Formación Profesional, cuando suponga el reconocimiento de un proyecto como de interés singular para la Formación Profesional, dará derecho a la emisión, en nombre de la persona titular del Ministerio de Educación y Formación Profesional, de una acreditación como proyecto de interés singular, de acuerdo con el modelo que figura como Anexo III a la presente resolución.

El Ministerio de Educación y Formación Profesional publicará, a efectos informativos, no de notificación formal, la concesión del reconocimiento de proyecto de interés singular para la Formación Profesional en el portal TodoFP.

El reconocimiento y acreditación de los proyectos de interés singular no genera para los solicitantes derechos de carácter administrativo, mercantil, económico o de otro tipo distintos a los previstos de forma expresa y recogidos en la correspondiente resolución de reconocimiento.

Las empresas, organismos y entidades cuyos proyectos hayan sido formalmente reconocidos como de interés singular mediante la correspondiente resolución, podrán exhibir ante terceros o de forma pública dicho reconocimiento siempre que su uso quede fuera de actividades publicitarias de carácter mercantil que puedan implicar un lucro directo o indirecto.

El Ministerio de Educación y Formación Profesional incluirá en el portal TodoFP las referencias al proyecto calificado como de interés singular con el alcance que determine la empresa, organismo o entidad proponente, a los efectos de que dicho proyecto pueda servir para la mejora del Sistema de Formación Profesional en acciones formativas propuestas por otras empresas, organismos, entidades o administraciones públicas.

Más información

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Contacto

Correo electrónico: proyectsingularesfp@educacion.gob.ese-mail

Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa Nueva ventana

Información de SIA

  • Denominación del trámite: Reconocimiento y expedición de acreditación de proyectos de interés singular para la formación profesional elaborados y presentados por las empresas, organismos y entidades.
  • Código: 2893479
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