Requisitos básicos que han de cumplir los estudios extranjeros
Los títulos o estudios deben cumplir los siguientes requisitos para su homologación o convalidación:
- Deben ser oficiales en el sistema educativo del país al que correspondan.
- Si los estudios se han realizado en un centro extranjero en España, además de cumplir la normativa de homologación, el centro debe estar autorizado para impartir esos estudios por la Administración educativa española competente.
- Debe existir suficiente equivalencia con los estudios o el título español de referencia, tanto a nivel académico, como en duración y contenido.
- Los estudios extranjeros deben estar totalmente superados en el sistema educativo del otro país.
- Debe haber superado todos y cada uno de los cursos anteriores.
El alumnado que haya realizado estudios previos a los extranjeros en el sistema educativo español que solicite la homologación a los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o Bachiller deberá haber aprobado tantos cursos correlativos y completos como le quedaran pendientes para terminar la Educación Secundaria Obligatoria o el Bachillerato, respectivamente.
No se homologan o convalidan los siguientes títulos o estudios
- Asignaturas sueltas
- Los títulos ya obtenidos en el sistema educativo español
- Estudios cursados en centros extranjeros no autorizados en España
- Títulos extranjeros que no conducen a títulos con validez académica oficial.
- Títulos, diplomas, certificados o estudios extranjeros que no dan grados académicos o no forman parte del sistema educativo extranjero.
- Los títulos extranjeros obtenidos por homologación, convalidación o reconocimiento de otro título obtenido en un tercer país.
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