El Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas es el órgano consultivo del Estado y de participación en relación con las enseñanzas artísticas.
Forman el Consejo representantes del Ministerio de Educación y Formación Profesional, de las Administraciones Educativas de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, de las Administraciones locales, del profesorado de enseñanzas artísticas, del alumnado de enseñanzas artísticas superiores, de los directores de centros de enseñanzas artísticas superiores; y también forman parte del Consejo personalidades de reconocido prestigio en el ámbito de las enseñanzas artísticas.
Funciones
El Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas tiene las siguientes funciones:
- Elaborar propuestas al Ministerio de Educación y Formación Profesional en relación con la enseñanza, la investigación, la información y la proyección social de las enseñanzas artísticas, así como con la promoción de los profesionales relacionados con ellas.
- Informar, con carácter preceptivo, las normas que definan la estructura y el contenido básicos de los diferentes estudios de enseñanzas artísticas superiores, su evaluación y la regulación de las condiciones para la oferta de estudios de postgrado en los centros de enseñanzas artísticas superiores.
- Informar cuantas otras disposiciones someta a su consideración el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
- Emitir informes, por propia iniciativa o a petición del Ministerio de Educación y Formación Profesional y prestar su asesoramiento en materias relacionadas con las enseñanzas artísticas.
- Aprobar y hacer público un informe anual sobre el estado y situación de las enseñanzas artísticas.
- Cuantas otras funciones le pudieran ser encomendadas por la normativa de desarrollo de la Ley.