Los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros deben iniciarse están regulados por el Real Decreto 889/2022
registrándose previamente en la sede electrónica (crear usuario)
DOCUMENTACIÓN NECESARIA
Al realizar la solicitud por la Sede Electrónica, se le guiará sobre los documentos que debe adjuntar según la titulación presentada. Conviene que tenga digitalizados al menos los siguientes documentos para adjuntarlos a la solicitud:
Justificante bancario original de abono de la tasa.
Documento de identidad.
Título cuya homologación se solicita, legalizado
Certificación académica legalizada de los estudios realizados para la obtención del título, en la que consten la duración oficial en años académicos del plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas y la carga horaria total de cada una de ellas expresada en horas o en créditos ECTS (europeos).
El abono de la tasa se puede hacer también desde fuera de España mediante ingreso o transferencia a favor del Ministerio de Universidades en siguiente cuenta del Banco de España, con domicilio en Calle de Alcalá, 48, 28014 Madrid (España).
IBAN: ES16 9000 0001 2002 5310 8022
BIC: ESPBESMMXXX
En este caso deberá adjuntar el comprobante (Swift) de haber realizado la transferencia.
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