Proyecto de real decreto por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos y se fijan sus currículos básicos
La Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa crea los ciclos de formación profesional básica dentro de la Formación Profesional del sistema educativo, como medida para la lucha contra el abandono educativo temprano.
Estos ciclos incluyen, además de lo desarrollado con carácter general para la formación profesional, módulos relacionados con las ciencias aplicadas y sociales que permitirán al alumnado alcanzar y desarrollar las competencias del aprendizaje permanente y proseguir estudios de enseñanza postobligatoria.
Los nuevos ciclos serán de oferta obligatoria y carácter gratuito, y tendrán una duración de 2 cursos académicos. Van dirigidos a alumnos entre 15 y 17 años, que hayan cursado 3º de ESO o excepcionalmente 2º de ESO, previa recomendación del equipo docente de Educación Secundaria Obligatoria, y con el consentimiento de los tutores legales o del propio alumno si está emancipado.
Los criterios pedagógicos se adaptarán a las características específicas del alumnado y fomentarán el trabajo en equipo. La tutoría y la orientación educativa y profesional tendrán una especial consideración.
Se establecen 14 títulos de Formación Profesional Básica:
La superación de estos ciclos dará lugar a la obtención del título de Técnico Profesional Básico de la familia correspondiente, así como una cualificación de nivel 1 del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales.
El título de Técnico Profesional Básico permitirá el acceso a los ciclos formativos de Grado Medio, así como la posibilidad de obtener el título de Graduado en ESO tras realizar la evaluación final de ESO.