Dirección General de Estudios. Las Cortes de Cadiz de 1812
SubirEl antecedente más remoto de organización administrativa de la Instrucción Pública en España, dentro del Estado constitucional, se halla en la Constitución de Cádiz de 19 de marzo de 1812, cuyo artículo 369 crea una Dirección General de Estudios para la inspección de toda la enseñanza pública bajo la autoridad del Gobierno, y el régimen de las Universidades antes autónomas. El "plan general de enseñanza" había de ser uniforme en todo el Reino -artículo 368- y se reservaba a las Cortes, por medio de planes y estatutos especiales, arreglar cuanto pertenecía al importante objeto de la instrucción pública -artículo 370-. A pesar de la identidad terminológica, la Dirección General de Estudios no era un órgano igual a las direcciones generales que van a arraigar después en nuestra organización administrativa.
El Reglamento General de Instrucción Pública de 1821
SubirEl 10 de julio de 1821 se publica el Reglamento General de Instrucción Pública, aprobado por Decreto de las Cortes de 29 de junio de 1821. Sus bases fueron las siguientes: distinción de la enseñanza en pública y privada. La enseñanza pública debía de ser uniforme y gratuita, y la privada debía de ser extensiva a todos los estudios y profesiones.Salto de línea Dividía la enseñanza en tres grados: primera, segunda y tercera enseñanza. La Primera Enseñanza era la general e indispensable -saber leer y escribir- que debe darse a la infancia; se daba en las Escuelas Públicas de primeras letras.Salto de línea La Segunda Enseñanza comprendía los estudios que habilitan para ejercer alguna profesión particular, las cuales se cursaban: unos en cátedras agregadas a las Universidades de provincia, y otros en Escuelas Especiales.
Dirección General de Estudios
SubirEl plan anterior fue modificado por el de 14 de octubre de 1.824 y el de 16 de febrero de 1.825, de los que se puede decir que fueron los más acabados y completos que regían en toda Europa en aquella época. En ese mismo año de 1825, por Real Decreto de 27 de noviembre, se aprueba el Reglamento General para las Escuelas de Sanidad y Colegios de Humanidades, que son las mismas Universidades de provincia anteriores, y unos y otros son el origen de los modernos Institutos. En 1825 la Dirección General de Estudios pasa a denominarse Inspección General de Instrucción Pública, denominación que conservará hasta el 25 de septiembre de 1834, que por Real Decreto vuelve a denominarse Dirección General de Estudios. Esta Dirección General de Estudios, denominada a partir del Real Decreto de 13 de mayo de 1846 Dirección General de Instrucción Pública, pasa a depender sucesivamente de la Secretaría de Estado y del Despacho de Fomento General del Reino (1832), de la Secretaría de Estado y del Despacho de Interior (1834), de la Secretaría de Estado y del Despacho de la Gobernación del Reino (1835), de la Secretaría de Estado y del Despacho de Comercio, Instrucción y Obras Públicas (1847), del Ministerio de Gracia y Justicia (1851) y del Ministerio de Fomento (1855).
Secretaría de Estado y del Despacho de Fomento General del Reino (1832)
SubirLas competencias del Ministerio creado por Real Decreto de 5 de noviembre de 1832 bajo la denominación de Secretaría de Estado y del Despacho de Fomento General del Reino fueron múltiples, entre ellas la instrucción pública, universidades, sociedades económicas, colegios, Reales Academias, Escuelas de Primera Enseñanza y los Conservatorios de Arte y Música. Entre los organismos referentes a Instrucción Pública que crea este Real Decreto de 1832 podemos citar: Inspección General de Instrucción Pública, Real Conservatorio de Artes, Reales Academias; Real Conservatorio de Música, Sociedades Económicas en todo el reino, Real Museo de Ciencias Naturales, Reales Archivos de Simancas, Sevilla, Barcelona y Valencia, Junta Suprema de Sanidad del Reino, Real Junta Superior Gubernativa de Medicina y Cirugía, Real Junta de Farmacia, Real Escuela de Veterinaria, Real Colegio de Sordomudos y ... todas las demás corporaciones, establecimientos y cuerpos directivos de la misma o semejante naturaleza.
Secretaría de Estado y del Despacho de Interior (1834)
SubirPor Real Decreto de 13 de mayo de 1834 se determina el nuevo cambio de nombre del Ministerio, ahora denominado Secretaría de Estado y del Despacho de Interior, con las mismas atribuciones que le daban el Real Decreto anterior, con algunas variaciones hechas por resoluciones posteriores, entre otras la supresión de la Inspección General de Instrucción Pública y la creación de nuevo de la Dirección General de Estudios. El Real Decreto de 9 de abril de 1835 estableció la planta del Ministerio y su organización, estructurándose en seis Secciones: Secretaría General, Gobierno Interior de los Pueblos, Policía General, Fomento, Obras Públicas y la Sección de Instrucción Pública. Esta Sección de Instrucción Pública abarcaba las escuelas, universidades, colegios, estudios, presidios, imprentas, archivos y bibliotecas, juntas de medicina, farmacia y sanidad, lazaretos y baños de aguas minerales, veterinaria, teatros y museos.
Secretaría de Estado y del Despacho de la Gobernación del Reino (1835)
SubirUn año más tarde, por Real Decreto de 4 de diciembre de 1835 cambia de nuevo la denominación del Ministerio, llamándose ahora Secretaría de Estado y del Despacho de la Gobernación del Reino, siendo sus atribuciones las mismas del anterior, pasando a depender de ella la Sección de Instrucción Pública cuya finalidad era administrar los fondos destinados a la enseñanza.Salto de línea Salto de línea El Real Decreto de 4 de agosto de 1836 aprueba un nuevo plan de estudios, nombre con el que en la época se llamaba a las disposiciones generales relativas a la instrucción pública, disponía la supresión de la Dirección General de Estudios, y al mismo tiempo, prometía el establecimiento de un Consejo de Instrucción Pública. Sin embargo, un mes después vuelve a restablecer la Dirección General de Estudios, por Real Decreto de 4 de septiembre de 1836, por ser los planes de instrucción pública atribución única de las Cortes. Esta Dirección General de Estudios pasa a depender, por Real Decreto de 8 de octubre de ese mismo año de 1836, del Ministerio de la Gobernación de la Península. Esta Dirección General de Estudios subsistió hasta el 1 de junio de 1843, en que fue suprimida por un Decreto de la Regencia, pasando al Ministerio de la Gobernación sus atribuciones gubernativas, creándose un Consejo de Instrucción Pública, compuesto de un presidente, y de doce a veinte consejeros y una Junta de cinco vocales para la centralización de los fondos de la enseñanza.Salto de línea Salto de línea Para los asuntos de Instrucción pública se creó en el Ministerio de la Gobernación, con fecha 2 de junio de 1843, la Sección de Instrucción Pública, dentro de la Secretaría del propio Ministerio. Pero ante la imposibilidad y los graves inconvenientes de que esta Sección de Instrucción Pública, enclavada en la Secretaría, pudiera despachar los importantísimos asuntos del ramo de instrucción pública, se dictó el 13 de mayo de 1846 un Real Decreto que creaba la Dirección General de Instrucción Pública, para la que se nombró director a D. Antonio Gil de Zárate, dependiendo del Ministerio de la Gobernación de la Península. Las atribuciones de esta Dirección General eran:Salto de línea "dictar disposiciones convenientes para la mejor ejecución de la Leyes, Reales Decretos, Órdenes y Reglamentos vigentes relativos a la enseñanza; proponer las mejoras que crea convenientes en todos los ramos de la Instrucción Pública; la creación, reforma o supresión de los establecimientos de enseñanza; su organización y medios de subsistencia; la creación de los nuevos establecimientos y las reformas de los existentes; cuidar de las bibliotecas, archivos, gabinetes de física e historia natural, jardines botánicos y demás establecimientos análogos destinados a la enseñanza, proponiendo su aumento y mejora; proponer los catedráticos y los empleados que sean de nombramiento real; expedir en nombre del Ministro todos los títulos , y profesiones literarias o científicas; y proponer la publicación de obras útiles para la enseñanza".