Convocatoria 2024
Creación de una Red Estatal de Centros de Capacitación Digital en entidades locales en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Financiado por la Unión Europea Next Generation EU.
Bases y convocatoria.
Podrán ser entidades beneficiarias de estas ayudas:
Siempre que el beneficiario sea una persona jurídica, los miembros asociados del beneficiario que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del primero tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.
Con carácter previo a la concesión y pago de las subvenciones previstas en esta convocatoria, todas las entidades solicitantes deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en los artículos 18 y 19 de su Reglamento de desarrollo, en los términos recogidos en el artículo 4 de la Orden EFP/440/2023, de 24 de abril.
La condición de entidad beneficiaria de la ayuda implica la asunción de la totalidad de derechos y obligaciones inherentes a tal condición, derivada de las disposiciones de la Unión Europea, así como de la Ley General de Subvenciones.
Para obtener la condición de beneficiario se requerirán los siguientes requisitos generales:
Además, los beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos específicos:
El presupuesto asignado a la presente convocatoria asciende a ocho millones novecientos cuarenta y dos mil quinientos euros (8.942.500,00€) con cargo a la aplicación presupuestaria 18.50.05.32SA.46050 de los Presupuestos Generales del Estado de la Secretaría General de Formación Profesional del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para el ejercicio 2024, que se distribuirán en 365 centros de capacitación digital.
La cuantía de las ayudas será de 24.500,00€ (veinticuatro mil quinientos euros) por beneficiario. El crédito concedido se destinará a financiar tanto la creación del centro de capacitación digital como al desarrollo de formaciones en capacitación digital para un mínimo de 100 personas.
El plazo para la presentación de solicitudes será de 10 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado del anuncio de esta resolución.
El solicitante deberá presentar el contrato para autorización con carácter previo a la resolución de concesión, en cuyo caso la autorización se entenderá concedida si en dicha resolución es declarado beneficiario.
En el caso de que no sea posible presentar el contrato con carácter previo a la resolución de concesión, el beneficiario solicitará la autorización previa al órgano concedente, que resolverá sobre la misma en el plazo de diez días hábiles. En el caso de que el órgano concedente no resolviera en ese plazo, la solicitud se entenderá desestimada.
Propuesta de Resolución Definitiva
Fecha de publicación : 4 de octubre de 2024
Queries on the procedure can be made by any of the means listed on the Administrative Information page