2024-2025
Fase del procedimiento: Resolución de la convocatoria.
Una vez concluido el proceso de selección, y de acuerdo con el apartado 10 de la Resolución de 10 de marzo de 2024 (extracto en BOE de 13 de marzo), la Secretaría de Estado de Educación ha dictado Resolución por la que se hacen públicas las relaciones de candidatos/as seleccionados/as y en reserva para el curso 2024-2025.
La Resolución, junto con las relaciones de candidatos/as pueden encontrarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, así como en el apartado “Resolución definitiva" de esta página web.
Los/as candidatos/as en reserva podrán ser contactados/as por los gestores del Programa, en caso de que se produjeran renuncias de candidatos/as seleccionados/as en primera instancia.
A través de este programa se puede obtener una plaza de docente de distintas materias en Secciones Bilingües de español de centros de enseñanza reglada no universitaria en Bulgaria, China, Eslovaquia, Hungría, Polonia, República Checa, Rumanía y Rusia.
Enseñanza primaria y secundaria.
Titulados españoles según lo establecido en el Anexo I de la convocatoria.
Un máximo de 134 plazas, desglosadas por países en el Anexo I de la convocatoria.
El número y los perfiles de las plazas ofertadas podrán variar en función de la planificación y necesidades de las autoridades educativas contratantes en los países de destino.
Todos los requisitos deberán cumplirse con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los candidatos de nueva incorporación deberán cumplir los siguientes requisitos:
Para las plazas en China, contar con al menos dos años de experiencia docente a jornada completa en enseñanzas regladas de lenguas.
El profesorado en activo en el programa podrá solicitar la renovación de su participación únicamente en la misma sección bilingüe donde ejerza. No obstante, en el caso de supresión de una plaza, o de una sección bilingüe, siempre que las autoridades educativas del país de destino lo permitieran, el profesorado afectado que no hubiera agotado los seis años de permanencia en el programa podría optar a la renovación en otra Sección bilingüe.
Los candidatos que soliciten la renovación de su participación, deberán cumplir, además de los requisitos 1, 2, 3, 5, 6 y 7 para candidatos de nueva incorporación descritos en el apartado anterior, los siguientes requisitos adicionales:
Sólo se tendrán en cuenta aquellos méritos alegados, y debidamente acreditados, obtenidos con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, que se relacionan a continuación:
El profesorado seleccionado percibirá de las autoridades educativas contratantes las mismas retribuciones que los docentes de enseñanza no universitaria de sus países de destino, con derecho a alojamiento y a la asistencia sanitaria propia del país, en la medida que este determine.
El Ministerio contribuirá a este programa con las siguientes ayudas:
Las ayudas se devengarán siempre que los directores de los centros educativos de los distintos países hayan comunicado al Ministerio la relación del profesorado contratado y quedarán supeditadas a que dicha contratación se produzca.
El total de la ayuda por curso académico se dividirá en doce mensualidades, que se percibirán entre los meses de septiembre de 2024 y agosto de 2025, ambos inclusive, siempre que se complete el curso académico con independencia de que en alguno de los países la duración de los contratos no comprenda los doce meses. El importe de las ayudas se librará, mediante transferencia, a una cuenta bancaria de los interesados en España.
El libramiento de la ayuda correspondiente a los viajes de ida y vuelta se hará efectivo junto con la ayuda correspondiente al mes de junio de 2025. Para ello, será condición el haber cumplido el periodo de tiempo completo para el que el contrato fue inicialmente firmado.
Más información en los sitios web de las Consejerías y Agregadurías de Educación encargadas de coordinar y supervisar las diferentes actuaciones del programa en cada país.
NOTA IMPORTANTE: El plazo para el registro electrónico de solicitudes finalizará a las 14:00 del último día.
De acuerdo con la normativa vigente, el registro electrónico se regirá, a efectos de cómputo del plazo, por la fecha y hora oficial de la sede electrónica de acceso (hora peninsular española).
Las instrucciones para comprobar la situación de la solicitud y subsanar las solicitudes excluidas se encuentran alojadas en el aviso de la cabecera.
La documentación acreditativa de requisitos y méritos deberá adjuntarse en formato PDF al apartado que corresponda en Profex 2, con un tamaño máximo de 10 MB por fichero.
No se admitirá a trámite documentación presentada a través de otras vías.
A efectos de la acreditación del requisito de titulación, no serán tenidos en cuenta los títulos de Doctor o Máster, siendo estos considerados solamente en el apartado de méritos.
En cuanto a las declaraciones responsables expuestas, será de aplicación lo establecido en el artículo 69.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Los solicitantes podrán adjuntar la documentación acreditativa en los apartados de «Mi perfil» en Profex 2 que figuran entre paréntesis:
Los solicitantes actualmente destinados en las plazas convocadas por Resolución de 17 de marzo de 2023 (BOE de 22 de abril) que deseen renovar en el mismo centro de destino solamente deberán:
Los candidatos deberán solicitar su participación en este programa a través de la aplicación Profex 2.
Con antelación a la presentación de la solicitud, los solicitantes deberán haberse dado de alta en dicha aplicación y haber cumplimentado su perfil y los datos requeridos para generar su solicitud, adjuntando la documentación acreditativa de requisitos y méritos alegados, de acuerdo a lo señalado en el apartado anterior.
Una vez presentada la solicitud en Profex 2, según lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, modificada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los candidatos deberán registrar su solicitud a través de Profex 2.
En caso de que tuvieran dificultades para finalizar el trámite a través de dicha aplicación, los candidatos podrían registrar la solicitud a través del Registro Electrónico General (REG) de la Administración General del Estado. Para ello deberán adjuntar el documento PDF que genera Profex 2 tras la inscripción de su solicitud.
No podrán admitirse a trámite aquellas solicitudes que no se registren de acuerdo con lo señalado en los párrafos anteriores.
De conformidad con lo establecido en el apartado 7 de la convocatoria, y una vez concluido el plazo de presentación de solicitudes, dará comienzo la revisión de las mismas, al objeto de comprobar si han sido presentadas en tiempo y forma debidos y si reúnen los requisitos determinados en la convocatoria.
Durante el proceso de revisión, el estado de las solicitudes en Profex puede contemplar los siguientes términos:
Recibidas las solicitudes, se revisarán para comprobar si reúnen los requisitos de la convocatoria y, si se advirtiesen defectos formales u omisiones en la solicitud o en la documentación que debe acompañarla, o se observase que no reúne los requisitos precisos, se le notificará al solicitante para que, en un plazo máximo de 10 días naturales, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, indicándose que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.
Dicha notificación individual se podrá consultar en la Sede electrónica del Ministerio, a través del enlace "Notificaciones".
El plazo de subsanación comenzará a contar desde la fecha y hora en que el solicitante acceda a la notificación. En caso de que no acceda a la notificación en el plazo de diez días naturales desde la emisión de la misma, se entenderá que la notificación ha sido rechazada, se hará constar en el expediente y se tendrá por efectuado el trámite.
De cara a la subsanación de las deficiencias u omisiones detectadas, se ruega encarecidamente a los candidatos que sigan paso a paso las instrucciones que se alojarán en el aviso de cabecera de esta web.
Transcurrido el proceso de revisión y subsanación de incidencias en las solicitudes, se hará pública en esta página web la relación de candidatos excluidos del proceso, con especificación de las causas que motivan su exclusión.
Los solicitantes podrán consultar individualmente, en todo momento, el estado de su solicitud en Profex 2.
El proceso de selección de candidatos, que se describe en el apartado 9 de la convocatoria, se llevará a cabo entre todos aquellos cuya solicitud haya resultado admitida por reunir los requisitos marcados en la convocatoria.
El proceso constará de una fase de evaluación previa de los perfiles de los solicitantes y de una fase de selección final.
En ambos casos, el órgano instructor, a la vista del resultado del proceso selectivo, formulará propuesta de Resolución, con la relación de candidatos seleccionados y la relación de reservas, y la elevará a la Secretaria de Estado de Educación, que dictará la Resolución de concesión.
Los solicitantes podrán consultar en todo momento la situación de su solicitud en Profex, al margen de las comunicaciones que puedan recibir por parte de las autoridades educativas contratantes y de las consejerías de Educación involucradas. Se prevé que la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación que contiene la relación de candidatos seleccionados y en reserva se publique en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y esta página web a finales del mes de julio.
Las resoluciones de la Secretaría de Estado por la que candidatos en reserva en la resolución de 5 de julio de 2024 adquieren la condición de titulares tras haberse producido renuncias de candidatos inicialmente seleccionados están disponibles en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. El enlace de acceso a la página de la convocatoria se encuentra en el apartado Información general / Más información de esta web.
Queries on the procedure can be made by any of the means listed on the Administrative Information page
En cumplimiento de la normativa vigente, los datos de los solicitantes serán tratados por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa e incorporados a la actividad de tratamiento “Convocatorias de programas de movilidad docente y formación del profesorado de español en el exterior”, gestionada desde la Unidad de Accion Educativa Exterior (Paseo del Prado 28, 28014 Madrid)
La finalidad del tratamiento de los datos personales es la gestión y tramitación de las solicitudes de los candidatos basándose en el artículo 6.1 e) del Reglamento (UE) 2016/679, la Ley 40/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la ciudadanía en el exterior y el Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior.
Los datos, que proceden del interesado en base a un formulario de inscripción, se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y se cederan a las autoridades educativas de los países participantes en la convocatoria.
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la administración electrónica y con la orden ECD/298/2018, de 12 de marzo, por la que se aprueba la política de seguridad de la información en el ámbito de la administración electrónica del MECD.
Los interesados pueden ejercitar los derechos de los artículos 15 al 22 del Reglamento ante el Delegado de Protección de Datos (dpd@educacion.gob.es ) a través de la sede electrónica del Ministerio, presencialmente en las oficinas de registro o por correo postal. Asimismo, puede presentar reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, autoridad de control en materia de protección de datos personales.