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Ayudas a la creación de Aulas Mentor en el marco del Programa de formación abierta "Aula Mentor"

Convocatoria 2024. Ayudas a entidades locales territoriales y entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales para la creación de aulas de formación abierta, flexible y a distancia mediante tecnologías de la información y la comunicación a través de Aula Mentor, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Acceso a la tramitación en sede electrónica Plazo de presentación de solicitudes:FINALIZADO

Índice

Información general

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Descripción

Financiar ayudas destinadas a la creación de nuevas Aulas Mentor en Entidades locales territoriales . Son ayudas que, en el ámbito de la cualificación y la formación a lo largo de la vida, pretenden apoyar la acción de las entidades que en su territorio apuesten por incrementar las oportunidades de formación general para promover acciones que, dentro del Programa Mentor, impulsen la formación abierta, flexible y a través de Internet para personas adultas y la orientación profesional. Financiadas con Fondos Europeos MMR.

La presente resolución tiene por objeto establecer la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para financiar la creación de Aulas Mentor del Programa de Formación Abierta “Aula Mentor” del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.

La creación de este recurso responde a la finalidad de promover acciones que, dentro del Programa “Aula Mentor”, impulsen la formación a lo largo de la vida, abierta y a través de Internet de las personas adultas. Particularmente, son Aulas desde las que flexibilizar el acceso a la formación profesional, mediante formación no formal, a distancia, acumulable y referenciada al Catálogo Nacional de Estándares de Competencia.

Aula Mentor es una iniciativa del Ministerio de Educación para la formación de personas adultas a través de un modelo de formación abierto, flexible y a distancia mediante tecnologías de la información y la comunicación: www.aulamentor.es Nueva ventana

Modalidades

Ayudas en el año 2024 para la creación de Aulas Mentor dependientes del Programa Aula Mentor, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.

Destinatarios

a) Entidades locales, según lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local modificado por el artículo 1.2. de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local:

  • El Municipio.
  • La Provincia
  • La Isla en los archipiélagos balear y canario
  • Las Comarcas u otras entidades que agrupen varios Municipios, instituidas por las Comunidades Autónomas de conformidad con esta Ley y los correspondientes Estatutos de Autonomía
  • Las Áreas Metropolitanas
  • Las Mancomunidades de Municipios

b) A su vez, podrán concurrir en nombre de las entidades locales, las entidades públicas dependientes de dichas entidades locales, organismos autónomos y entidades públicas empresariales encargadas de los servicios educativos y programas de educación de personas adultas, formación profesional y/o formación para el empleo, de orientación profesional o servicios análogos, constituidos al amparo de las normas reguladoras de las Bases del Régimen Local y según lo dispuesto en el artículo 85.bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Siempre que el beneficiario sea una persona jurídica y así se prevea en las bases reguladoras, los miembros asociados del beneficiario que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del primero tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.

Número de plazas

680 módulos de 4.000,00 euros (cuatro mil euros) cada uno.

Requisitos

Estas ayudas se convocan en régimen de concurrencia competitiva. La condición de entidad beneficiaria de la ayuda, implica que la entidad asume la totalidad de derechos y obligaciones inherentes a tal condición, las derivadas de las disposiciones de la Unión Europea, así como los de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre de su Reglamento de desarrollo.

Estas certificaciones deberán ser originales y estar emitidas con fecha actualizada, con una validez al menos de cinco meses desde la publicación de esta convocatoria en el BOE, además de cumplir con los requisitos recogidos en el apartado 4 de la convocatoria.

Con carácter previo a la concesión y pago de las subvenciones previstas en esta convocatoria, todas las entidades solicitantes deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en los artículos 18 y 29 de su Reglamento de desarrollo.

Dotación

Para el logro del objeto y las finalidades de esta resolución se dispone de una dotación máxima de 2.720.000,00 euros (dos millones setecientos veinte mil euros) que se distribuirán en 680 módulos de 4.000,00 euros (cuatro mil euros) cada uno.

Más Información

Convocatoria

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Solicitud

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Plazo de presentación de solicitudes

  • Desde el 20 de d’octubre de 2024
  • Hasta el 08 de de novembre de 2024
Plazo de presentación de solicitudes finalizado

Presentación de la solicitud

Las Entidades, a las que se destinan estas ayudas, descritas en el artículo 2, que reúnan las condiciones exigidas en el artículo 4 de esta resolución, que deseen acceder a esta convocatoria, deberán presentar su solicitud electrónica, según lo dispuesto en el artículo 35 del Real Decreto Ley 26/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; todo ello, conforme al Reglamento (EU) 2021/241 del Parlamento Europeo y Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el mecanismo de recuperación, que será accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional , pulsando el botón "Acceso a la tramitación en sede electrónica", en la parte superior de esta página, sección "Trámites", según modelo del Anexo III de la presente resolución.

2. Para acceder al formulario de solicitud, las entidades se identificarán en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, pulsando el botón "Acceso a la tramitación en sede electrónica", en la parte superior de esta página, utilizando como nombre de usuario el CIF de la entidad solicitante.

Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registroNueva ventana

Más información sobre la solicitud

El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado (hora peninsular).

Las Entidades a las que se refiere el artículo 2 de la Resolución de convocatoria presentarán la solicitud del Anexo II, que contendrá el número de Aulas Mentor solicitadas, con indicación de los datos para cada lugar o centro dependiente de la Entidad donde se vaya a ubicar el nuevo recurso.

Más información

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Contacto

Unidad de Orientación Profesional y Aprendizaje a lo largo de la Vida.

Mail: ayudasmentor@educacion.gob.es e-mail

Tlf.: 91 506 56 00 (Extensión 65633 y Extensión 65028)

Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa Nueva ventana

Otra información

Información de SIA

  • Denominación del trámite: Ayudas a la creación de Aulas Mentor en el marco del Programa de formación abierta "Aula Mentor"
  • Código: 2410461
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