En la página web del Ministerio Federal de Educación, Ciencia e Investigación BMBWF , encontrará información relativa al reconocimiento de títulos extranjeros en Austria.
Para convalidar los estudios cursados en el sistema educativo español con objeto de continuar estudiando en Austria, es necesario acudir a la Institución educativa o a la Universidad austriaca respectiva con el objeto de averiguar la equivalencia de los estudios realizados en España. En algunos casos solicitarán que se haga un reconocimiento del título, lo que igualmente implicará que con anterioridad se "apostille" el documento. Véase la información sobre estos puntos a continuación.
A través de estos enlaces puede obtenerse información acerca del procedimiento para obtener el reconocimiento profesional en Austria, así como asesoramiento.
Sobre el reconocimiento mutuo de cualificaciones, véase:
Reconocimiento de cualificaciones
A. La información sobre el reconocimiento de títulos de formación profesional (Gleichaltung, Berufsannerkennung) se encuentra en esta página.
B. El reconocimiento de certificados escolares (educación primaria, secundaria, bachillerato, etc.), en alemán "Nostrifikation", se realiza a través del Ministerio de Educación, Ciencia e Investigación, BMBWF , en concreto a través de esta página donde también se puede consultar cómo hacer el reconocimiento de otros títulos.
C. El organismo competente para el reconocimiento de títulos universitarios, o "Nostrifizierung" ya sea de licenciatura (Magister), diplomatura (Diplomatur) o doctorado es ENIC-NARIC Austria. Este organismo está integrado también dentro del el Ministerio de Educación, Ciencia e Investigación, BMBWF.
Reconocimiento profesional según el derecho de la Unión EuropeaSalto de línea Supone el reconocimiento de títulos profesionales extranjeros a efectos del ejercicio de una profesión en Austria. En principio, sólo se plantea esta cuestión respecto a las llamadas actividades “reglamentadas", que son aquéllas para cuyo ejercicio se exigen una serie de requisitos formales. Éstos existen tanto en la esfera pública (funcionarios, profesores, médicos, ingenieros civiles, etc.) como en la privada (los llamados contratos de adhesión).Salto de línea Salto de línea Es competencia de cada Estado determinar esas profesiones reglamentadas y fijar las condiciones para su ejercicio.
Sin embargo, para los países de la UE, así como para Suiza, existe la obligación de reconocimiento mutuo de los títulos profesionales de los Estados miembro, mientras esos títulos otorguen a su poseedor el derecho a ejercer esa profesión en su país de procedencia, por lo que se necesita haber realizado el Nostrifizierung según lo explicado anteriormente.
Con España hay firmados varios convenios de reconocimiento profesional, de los cuales el más importante por su ámbito de vigencia y por su carácter multilateral es la Directiva 2005/36/UE.
Este reconocimiento se ha de solicitar a través del Ministerio de Educación en la página de Acreditación de Títulos españoles en aplicación de la Directiva 2005/36/CE.
Para algunas profesiones existe además la posibilidad de solicitar la tarjeta profesional europea (TPE) :
Enlace en alemán: Europäischer Berufsausweis EBA .
Más información (en inglés). I want to study abroad / I want to work abroad
La legalización de documentos académicos universitarios oficiales originales que han de surtir efectos en el extranjero, es un proceso convenido con carácter internacional, que requiere previamente el reconocimiento de firmas por parte de las correspondientes Autoridades españolas.
Es el trámite previo al proceso de legalización por parte del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, y, en su caso, del Ministerio de Justicia para los siguientes tipos de documentos académicos:
En caso de exigirle la legalización o apostilla de un documento o certificación académica expedida por una institución educativa española, el procedimiento a seguir se explica en este enlace.
Documentos no universitarios, en este enlace.
No obstante, hay que tener en cuenta que el 16 de febrero de 2019 entró en vigor el Reglamento 2016/1191 del Parlamento Europeo, que suprime la necesidad de legalizar documentos entre países de la UE.
España no solicita este trámite a países de la UE o con acuerdos bilaterales.
En esta página del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación encontrará información referente a la traducción de documentos.
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